Supersalud impone medida cautelar a Clínica Centro de Barranquilla

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La Superintendencia Nacional de Salud impuso medida cautelar de cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la vida e integridad física de los usuarios que son víctimas de accidente de tránsito y se atienden en la Clínica Centro SA de Barranquilla, Atlántico.

Durante una auditoría realizada entre el 26 de febrero y el 01 marzo del presente año se evidenciaron falencias en la prestación de los servicios.

Deficiencias en los servicios

En urgencias se identificaron usuarios que requerían atención inicial con tiempos prolongados de espera (de una a dos horas), sobreocupación y estancias que superan las 24 horas.

La clínica no garantiza la asepsia y antisepsia requerida en las áreas de cirugía y esterilización.

No realiza diligenciamiento de tarjetas de triple implante para los usuarios que requirieron procedimientos con material de osteosíntesis.

En el servicio farmacéutico se evidenciaron fallas en el almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos entregados a las ambulancias que conforman el parque automotor de la IPS.

La clínica ha incurrido en una infracción al prestar y cobrar un servicio de salud que, a pesar de estar habilitado, no cumple con la infraestructura, dotación y el talento humano requerido para hospitalización pediátrica, generando riesgo para la salud y la vida de la población menor de edad, siendo ellos sujetos de especial protección constitucional.

También se evidenciaron casos de traslados de tres hasta cinco pacientes en el mismo momento y por la misma ambulancia.

“Esta medida cautelar obliga a la clínica a cumplir con siete órdenes inmediatas para garantizar la atención de los pacientes. En este sentido, la institución deberá presentar un plan de acción en el que se corrijan las deficiencias”, manifestó el Superintendente Nacional de Salud, Luis Carlos Leal Angarita.

Órdenes a la Clínica Centro

Para proteger el derecho fundamental a la salud de los pacientes, la clínica deberá garantizar la atención inicial de urgencias sin que se presenten barreras administrativas que pongan en riesgo la vida o la salud, entre otras instrucciones:

  • Implementar buenas prácticas de esterilización, garantizando el adecuado etiquetado, almacenamiento e integridad del material estéril en todos los servicios de la IPS.
  • Tomar las medidas correctivas necesarias para mantener la esterilidad, asepsia y antisepsia requerida en las áreas de cirugía y esterilización.
  • Garantizar el diligenciamiento de las tarjetas de implante por triplicado para el material de osteosíntesis, de tal forma que permita identificar su trazabilidad de manera idónea y oportuna.
  • Establecer puntos de control para garantizar el óptimo almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos en las ambulancias de la IPS.
  • Garantizar una atención integral y segura a los menores de edad que ingresan a la IPS o reportar el cierre temporal o definitivo del servicio hospitalización pediátrica ante la Secretaría de Salud.
  • Abstenerse de trasladar más de un paciente simultáneamente en una misma ambulancia a menos de que se trate de situaciones de desastre o situaciones